El profesional alcanzado por la retención de este impuesto Municipal, en la ciudad de Posadas , deberá: a) presentar una nota en la Secretaria de Hacienda Municipal, Dirección de Comercio acompañando copia del título habilitante y constancia de estar inscripto en el Colegio, solicitando la eximición del derecho por ejercer una profesión liberal en forma independiente, libre, personal y directa percibiendo por su actividad únicamente honorarios profesionales (Art. 133 inc. 4 de la Ordenanza XVII Nº 15 Anexo 1).
La exención no procede cuando se ejerza la profesión en forma de empresa, lo que se presume cuando:
a) para el ejercicio se recurra a otros profesionales, idóneos o terceros en relación de dependencia;
b) cuando se realice por algún tipo de sociedad mercantil;
c) cuando se requiera el aporte de capitales significativos que superen lo que razonablemente se necesita. Puede presentarse con la certificación del Colegio de estar inscripta únicamente.-